PASAPORTE
REQUISTOS PARA PASAPORTE POR PRIMERA VEZ
MAYORES DE EDAD
El usuario deberá presentar toda la documentación en original y una copia. Los originales serán devueltos al interesado
- Llenar debidamente la solicitud de expedición de pasaporte (OP5), anexada en la presente página (descargar) o la que será proporcionada por la oficina consular.
- Acreditar la nacionalidad mexicana del usuario mediante la presentación de la:
- Copia certificada del acta de nacimiento expedida por el registro civil mexicano o por Cónsul mexicano.
- Acreditar su identidad, presentando alguno de los siguientes documentos con fotografía:
- Credencial para votar expedida por el Instituto Federal Electoral.
- Certificado de matrícula consular de alta seguridad.
- Cartilla de identidad del servicio militar nacional.
- Cédula profesional.
- Título profesional.
- Carta de pasante expedida por institución educativa acreditada ante la Secretaría de Educación Pública.
- Certificado de nacionalidad mexicana.
- Declaratoria de nacionalidad mexicana por nacimiento.
- Carta de naturalización.
- Cédula de identidad ciudadana.
- Credencial vigente expedida por el instituto nacional de las personas adultas mayores o su equivalente.
5. No se requieren fotografías.
6. Pago de derechos establecido.
En caso de extemporaneidad en el Registro de Nacimiento, los documentos complementarios que pueden presentarse son:
- Acta de Matrimonio de los padres del interesado, certificada por el Oficial del Registro Civil, donde se asiente que al menos uno de ellos es mexicano y que se casaron en territorio nacional, antes de la fecha del acta de nacimiento del solicitante.
- Acta de Nacimiento del padre o madre del interesado, certificada por el Oficial del Registro Civil. La fecha de registro no deberá rebasar la extemporaneidad de un año y en el Acta conste la nacionalidad mexicana del registrado.
- Acta de Nacimiento de un hermano(a) mayor del interesado (nacido en territorio nacional), certificada por el Oficial del Registro Civil. Igual que en el caso anterior, la fecha de registro no deberá rebasar la extemporaneidad de un año y el Acta deberá hacer constar la nacionalidad mexicana del registrado.
- Certificado de educación primaria expedido por la Secretaría de Educación Pública o alguna otra institución reconocida por dicha Dependencia del Ejecutivo, siempre y cuando éste corresponda entre los 12 y 14 años de edad del interesado.
- Si fue bautizado durante el primer año de vida, podrá presentar la Fe de Bautismo certificada por un Notario Público que acuda a la parroquia y certifique con los libros de la misma, la cual deberá presentar en original y copia.
PARA MENORES DE EDAD:
El usuario deberá presentar toda la documentación en original y una copia. Los originales serán devueltos al interesado.
Para la expedición de pasaporte ordinario a personas mexicanas menores de edad, en términos de lo dispuesto por el Código Civil Federal, los padres o quienes ejerzan la patria potestad o tutela deberán presentar los siguientes:
REQUISITOS:
- Comparecer personalmente con el menor ante la oficina consular.
- Llenar debidamente la solicitud de expedición de pasaporte (OP5), anexada en la presente página (descargar) o la que será proporcionada por la oficina consular.
- Acreditar la nacionalidad mexicana del menor, mediante la presentación de la:
- Copia certificada del acta de nacimiento expedida por el registro civil mexicano o por Cónsul mexicano.
Si el Registro de Nacimiento se llevó a cabo en territorio mexicano posterior al primer año de su fecha de nacimiento, se considera como un registro Extemporáneo (Acta de Nacimiento Extemporánea)
Los documentos complementarios que pueden presentar son:
- Copia del Acta de Matrimonio de los padres del interesado, certificada por el Oficial del Registro Civil, donde se asiente que al menos uno de ellos es mexicano y que se casaron en territorio nacional, antes de la fecha del acta de nacimiento del solicitante.
- Copia del Acta de Nacimiento del padre o madre del interesado, certificada por el Oficial del Registro Civil. La fecha de registro no deberá rebasar la extemporaneidad de un año y en el Acta conste la nacionalidad mexicana del registrado.
- Copia del Acta de Nacimiento de un hermano(a) mayor del interesado (nacido en territorio nacional), certificada por el Oficial del Registro Civil. Igual que en el caso anterior, la fecha de registro no deberá rebasar la extemporaneidad de un año y el Acta deberá hacer constar la nacionalidad mexicana del registrado.
- Certificado de educación primaria expedido por la Secretaría de Educación Pública o alguna otra institución reconocida por dicha Dependencia del Ejecutivo, siempre y cuando éste corresponda entre los 12 y 14 años de edad del interesado.
- Si fue bautizado durante el primer año de vida, podrá presentar la Fe de Bautismo certificada por un Notario Público que acuda a la parroquia y certifique con los libros de la misma, la cual deberá presentar en original y copia.
- Certificado de nacido vivo o Constancia de alumbramiento en el que estén asentados los nombres de los padres. En caso de adopción, copia certificada por el Juzgado de origen, de la resolución judicial por la cual se concede la adopción del menor, así como del auto por el cual causó ejecutoria.